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UF0333: Análisis Contable y Financiero

Unidad 1: Estados Contables I

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Activos No Corrientes Mantenidos para la Venta

Una de las principales aportaciones del PGC 07 es el mayor deseo de aportar más y mejor información. Así, destaca que los elementos deben clasificarse atendiendo al uso o destino que decide darles la empresa, de ahí que cuando la dirección cambie de planes se verá obligada a informar en contabilidad con las oportunas reclasificaciones, por ejemplo, inversiones de renta fija que se clasifican como cartera mantenida a vencimiento y posteriormente decide venderlas, implicaría pasarlas a la cartera de disponibles para la venta; un local que ocupaba la empresa y ahora lo destina a alquiler, supone el traspaso de inmovilizado material a inversiones inmobiliarias. Siguiendo esta tendencia nace una nueva clasificación para los inmovilizados.

  • Activos no Corrientes y Grupos Enajenables:
    Siguiendo esta tendencia nace una nueva clasificación para los inmovilizados, que es la de activos no corrientes y grupos enajenables mantenidos para la venta que se integra dentro del activo corriente; igual ocurre con los pasivos asociados a dichos activos que se reclasifican al pasivo corriente. El objetivo de dicha reclasificación es anunciar un cambio de planes, ya que en lugar de recuperar la inversión a través del uso continuado, la intención de la empresa es venderlos en el plazo de un año. Por tanto, esta partida, de novedosa creación en el PGC de 2007, permite clasificar los activos en función del papel que desempeñan en la actividad diaria de la sociedad. A pesar de que por su naturaleza pertenecen a la activo no corriente, por decisión de la empresa, el activo o activos en cuestión han dejado de servir como recurso estable dentro de la organización para su llevar a cabo su actividad de explotación.
    Con la clasificación en esta partida, la empresa espera recuperar en el siguiente ejercicio el valor de ese activo vía venta, debiendo cumplir dos requisitos para poder encuadrase aquí:
    • El activo ha de estar plenamente disponible para su enajenación si en cualquier momento se encuentra comprador.
    • La empresa ha de estimar una alta probabilidad de venta por su valor razonable durante el ejercicio económico siguiente.
  • Valoración:
    Los activos no corrientes mantenidos para la venta se valorarán por el menor entre el valor en libros y el valor razonable menos los gastos de venta. Durante el tiempo que permanezca como activo mantenido para la venta no se podrá amortizar, aunque sí se podrá registrar el deterioro. Los rendimientos que se obtengan mientras no se formalice la venta se imputarán a Pérdidas y Ganancias, en el apartado B) Resultado neto de actividades interrumpidas.
  • Incumplimiento de Requisitos:
    Cuando un activo deje de cumplir los requisitos para ser clasificado como activo mantenido para la venta se vuelve a incorporar al inmovilizado o a la partida que corresponda y se valora por el menor entre:
    • Valor contable que tenía antes de su clasificación, incorporando las amortizaciones y correcciones que se hubieran realizado durante el período que se ha mantenido como activo para la venta.
    • Valor recuperable, entendido como el mayor entre el valor razonable menos costes de venta y el valor en uso.
    Las diferencias de valoración que se produzcan se imputan al resultado del ejercicio.
  • Activos No Corrientes y Grupos Enajenables:
    Siguiendo esta tendencia nace una nueva clasificación para los inmovilizados, que es la de activos no corrientes y grupos enajenables mantenidos para la venta que se integra dentro del activo corriente; igual ocurre con los pasivos asociados a dichos activos que se reclasifican al pasivo corriente. El objetivo de dicha reclasificación es anunciar un cambio de planes, ya que en lugar de recuperar la inversión a través del uso continuado, la intención de la empresa es venderlos en el plazo de un año. Por tanto, esta partida, de novedosa creación en el PGC de 2007, permite clasificar los activos en función del papel que desempeñan en la actividad diaria de la sociedad. A pesar de que por su naturaleza pertenecen a la activo no corriente, por decisión de la empresa, el activo o activos en cuestión han dejado de servir como recurso estable dentro de la organización para su llevar a cabo su actividad de explotación.
    Con la clasificación en esta partida, la empresa espera recuperar en el siguiente ejercicio el valor de ese activo vía venta, debiendo cumplir dos requisitos para poder encuadrase aquí:
    • El activo ha de estar plenamente disponible para su enajenación si en cualquier momento se encuentra comprador.
    • La empresa ha de estimar una alta probabilidad de venta por su valor razonable durante el ejercicio económico siguiente.
  • Valoración:
    Los activos no corrientes mantenidos para la venta se valorarán por el menor entre el valor en libros y el valor razonable menos los gastos de venta. Durante el tiempo que permanezca como activo mantenido para la venta no se podrá amortizar, aunque sí se podrá registrar el deterioro. Los rendimientos que se obtengan mientras no se formalice la venta se imputarán a Pérdidas y Ganancias, en el apartado B) Resultado neto de actividades interrumpidas.
  • Incumplimiento de Requisitos:
    Cuando un activo deje de cumplir los requisitos para ser clasificado como activo mantenido para la venta se vuelve a incorporar al inmovilizado o a la partida que corresponda y se valora por el menor entre:
    • Valor contable que tenía antes de su clasificación, incorporando las amortizaciones y correcciones que se hubieran realizado durante el período que se ha mantenido como activo para la venta.
    • Valor recuperable, entendido como el mayor entre el valor razonable menos costes de venta y el valor en uso.
    Las diferencias de valoración que se produzcan se imputan al resultado del ejercicio.

La norma 7.ª de Activos no corrientes mantenidos para la venta nunca se aplicará a las empresas que apliquen el PGC de PYMES, cuyos activos continúan en el Grupo 2 hasta su venta y se amortizan hasta esa fecha. No deben informar en Pérdidas y ganancias de los rendimientos obtenidos mientras se tiene el plan de venta, en actividades interrumpidas, porque dicho apartado no aparece en el modelo de cuenta de Pérdidas y ganancias del PGC de PYMES.